La Provincia de Buenos Aires presentó un recurso de apelación ante la Cámara de Casación Penal de la Nación tras analizar el veredicto del Tribunal Oral Federal N° 2 de San Martín
El recurso planteó en primer lugar la necesidad de que se tenga en cuenta el contexto de genocidio en el que fueron cometidos los delitos, también que ciertas prácticas que el tribunal consideró como torturas constituyeron en realidad delitos sexuales. Finalmente, en relación a la absolución de Di Napoli, se hizo hincapié en que el tribunal parcializó algunos elementos de prueba que ubicaban al médico absuelto como responsable penal de los hechos por lo que solicitó que la sentencia a Di Napoli sea anulada y se tengan en cuenta los testimonios que el tribunal desestimó debido a objeciones planteadas por la defensa.
En su fallo del 7 septiembre pasado el tribunal condenó a 18 años de prisión a Santiago Omar Riveros y a 22 años de prisión a Jorge Bernardo. El médico Omar Edgardo Di Napoli fue absuelto y se dispuso su inmediata libertad, ya que el tribunal, en función del beneficio de la duda, entendió que la prueba existente en la causa no es suficiente para probar su culpabilidad.
Cabe recordar que en este juicio se investigaron delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, abusos sexuales y violaciones. Este circuito represivo que tuvo una dependencia funcional de la Zona de defensa IV bajo la jurisdicción del Comando de Institutos Militares, con asiento en la guarnición militar de Campo de Mayo.