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INFLUENZA AVIAR: Información importante para COMERCIOS y CRIADEROS de Aves

Protocolo de medidas de bioseguridad a implementar en Comercios de Animales Vivos

En virtud de haberse declarado el estado de emergencia sanitaria por parte del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) mediante Resolución Nº RESOL-2023-147-APN-PRES#SENASA para todo el territorio de la República Argentina ante el primer caso de Influenza Aviar Altamente Patogénica (IAAP) en su variante A (H5) y atento a la resolución RESOL- 2023-230-APN-PRES#SENASA que en su artículo 1° establece nuevas medidas sanitarias de emergencia ante la declaración de emergencia sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en la República Argentina y en su artículo 9° solicita a las autoridades de fauna provinciales que se arbitren los medios necesarios para reducir la difusión del virus de IAAP a través de la fauna silvestre, en aquellas actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza de las especies más susceptibles (anátidos) en zonas de alta concentración de granjas de producción avícola, les informamos que las actividades que llevan a cabo se encuentran alcanzadas por las medidas sanitarias establecidas en las resoluciones anteriormente citadas. En virtud de ello, la Dirección de Flora y Fauna dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos recomienda las medidas a ser adoptadas por parte de los Comercios de Animales Vivos. 

Sector de acceso al público

  • No exhibir aves al público y mantenerlas en un sector a resguardo. 

  • Limitar la circulación al sector libre de aves en exhibición.

  • Desinfectar las superficies sólidas (mostradores, exhibidores, dispensadores, manijas de puertas y pisos con productos desinfectantes recomendados en el apartado Medidas de bioseguridad para los y las trabajadores/as que se desempeñan en el establecimiento ).

  • Disponer de elementos de limpieza exclusivos para este sector, evitar su empleo en sector/es de alojamiento de las aves.

  • Colocar pediluvio al ingreso del local conteniendo hipoclorito de sodio al 2% diluido.

  • Mantener con buena ventilación del ambiente.

Sector de alojamiento de animales:

  • El lugar destinado a tal fin deberá contar con medidas mínimas de bioseguridad, ventilación y luminosidad natural, en lo posible ser un lugar cerrado al ingreso de aves silvestres o en su defecto, contar con malla antipájaros..

  • Mantener alejadas las aves del plantel tanto de otras aves como a distancia del personal que desempeña tareas en el establecimiento, extremando medidas de bioseguridad e higiene al momento de la manipulación de jaulas.

  • Extremar las medidas de manejo, higiene y bioseguridad a fin de evitar el ingreso y difusión de la enfermedad al establecimiento. Implementar limpieza y desinfección de los recintos diariamente y elementos que se utilicen en la manipulación y alojamiento de las aves bajo estricto protocolo.

Medidas de bioseguridad para los y las trabajadores/as que se desempeñan en el establecimiento

  • Practicar el lavado frecuente de manos con agua y jabón o usar desinfectantes a base de alcohol. 

  • Utilizar elementos de protección personal como barbijo N95, guantes, botas, etc. durante las limpiezas y manipulación de ejemplares. Usar ropa exclusiva para el uso interno del sector donde se encuentran las aves y cambiarse al ingresar y salir de aquel. 

  • Implementar limpieza y desinfección de los recintos, y elementos que se utilicen con el plantel de aves. La desinfección puede realizarse con agentes oxidantes (hipoclorito de sodio 2%, hipoclorito de calcio 2% y Virkon®), aldehídos (glutaraldehído 2%; formalina y gas formaldehído), ácidos (ácido cítrico 2%) y álcalis (hidróxido de sodio 2%, hidróxido de calcio 3%; carbonato de sodio 4%); fenoles sintéticos 2% y ácido cresílico 2%. (Este listado no es definitivo y se podrán utilizar otros compuestos que determine oportunamente el Senasa).

  • Evitar el contacto sin protección con aves sospechosas de enfermedad o muertas. 

  • Mantener libre de despojos o sobrantes de alimento los patios y periferia de los establecimientos para no atraer avifauna silvestre.


En caso de encontrar aves con signología compatible con la enfermedad, muertas o alta mortalidad repentina evitar el contacto y dar aviso inmediato a SENASA. 

App “Notificaciones SENASA”

whatssap: 1157005704 / Mail: notificaciones@senasa.gob.ar


Dirección de Flora y Fauna - Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires.

Línea FAR (Fauna asistencia remota): 221-3533702 / Mail: direcciondeflorayfauna@gmail.com