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LOS RÓTULOS DE ALIMENTOS, PRINCIPAL MEDIO DE COMUNICACIÓN ENTRE EL CONSUMIDOR Y EL ELABORADOR

Viernes 14 de Febrero 2020
LOS RÓTULOS DE ALIMENTOS, PRINCIPAL MEDIO DE COMUNICACIÓN ENTRE EL CONSUMIDOR Y EL ELABORADOR

El rótulo de los alimentos envasados orienta al consumidor en la decisión de compra. Su función es brindar información sobre las características particulares de los alimentos. Está prohibida toda información o mensaje que induzca a engaño o error al consumidor.

La Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrarioes la encargada de aprobar las presentaciones de rotulación de todos los productos alimenticios que se elaboran y se registran en la Provincia de Buenos Aires, tanto para tránsito federal como para exportación.

En esta primera parte haremos foco en la información que deben revisar los consumidores antes de la compra de un alimento envasado. Nos encargaremos luego de los alimentos exceptuados y su porqué.

Información que deben revisar los consumidores antes de la compra de un alimento envasado

Denominación de venta: Es el nombre técnico que permite conocer la verdadera naturaleza del producto. Deberá aparecer en la cara principal del envase del alimento. La misma puede, o no, ir acompañada por un nombre de fantasía; el cual es establecido por el elaborador y aprobado por la autoridad de aplicación.

Contenidos netos: Indica la cantidad, en peso o volumen, de alimento contenido en el envase. Ante diferencias entre lo declarado y lo observado en el envase, puede realizar su denuncia a Defensa del Consumidor.

Identificación del origen: Describe el país donde se elaboró el producto.

Fecha de vencimiento: Es el lapso de tiempo durante el cual el alimento es apto para el consumo.

Nombre o razón social, domicilio y localidad del elaborador, del fabricante, productor, fraccionador, importador o titular de la marca.

Número de registro del establecimiento elaborador R.N.E. Significa que el establecimiento está habilitado para desarrollar la actividad que declara y que está sujeto a auditorías permanentes, lo cual garantiza las buenas prácticas de manufactura y de R.N.P.A. (Registro Nacional del Producto Alimenticio).

Cuando hablamos de alimentos cárnicos los mismos pueden contar únicamente con habilitación de SENASA.

Listado de ingredientes: Se declaran los ingredientes de mayor a menor, de acuerdo a la cantidad presente en el alimento.

Identificación del lote: Describe un conjunto de productos del mismo tipo, elaborados por un mismo establecimiento, en un tiempo determinado y bajo condiciones esencialmente iguales.

Modo de conservación: Los alimentos que requieren tomar precauciones especiales para mantener sus condiciones normales, deben llevar en sus rótulos una leyenda con caracteres bien legibles donde se indiquen el modo y las temperaturas de conservación.

Preparación e instrucciones de uso del alimento: Detalla el correcto modo de preparación y utilización del alimento. Esta información no es obligatoria para aquellos alimentos que no necesiten una preparación específica previa a su consumo. (Ej: galletitas o caramelos).

Información nutricional: Contiene las propiedades nutricionales del alimento, comprendiendo la declaración del valor energético, los nutrientes por porción y su correspondiente porcentaje respecto del valor diario recomendado.