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Certificado de vigencia

Deberá acompañarse:

1) Formulario de Minuta Rogatoria Sociedades Comerciales (  Anexo 1) suscripto por representante legal o autorizado con firma certificada  o en su caso con firma y sello del profesional autorizado. Se deberá indicar ante quien será presentado.-

2) Timbrado tasa administrativa conforme Ley Impositiva vigente (tasa administrativa correspondiente al trámite más la tasa general de actuación ante la D.P.P.J.).

3) Tasa Preferencial Ley 14.028. (Opcional)

 

Si los instrumentos se encuentran autorizados o certificados por un escribano público con competencia territorial fuera de la Provincia de Buenos Aires, deberán presentarse debidamente legalizados. (art. 22 Disp. D.P.P.J. Nº 45/15).