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Institucional

Acciones

  1. Proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos y reglamentarios relativos al reconocimiento, organización y funcionamiento de las personas jurídicas que actúen y operen en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
  2. Organizar el registro y matrícula de sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, mutualidades y demás modalidades asociativas que la legislación vigente reconozca como personas jurídicas. Asimismo, organizar el registro de contratos de colaboración empresaria: uniones transitorias (UT) y agrupaciones de colaboración y fideicomisos.
  3. Legitimar, fiscalizar y, en su caso, retirar la personería jurídica a las modalidades asociativas, controlando o instrumentando según el caso, los procesos de liquidación.
  4. Realizar la promoción, asistencia técnica, asesoramiento integral y acciones previstas en los convenios aprobados por los Decretos N° 4.839/96 y N° 55/09 vinculados con asociaciones mutuales en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.
  5. Participar, realizar y promover los estudios e investigaciones necesarios a la temática del sector e intervenir en los trámites judiciales relacionados con el ejercicio de la función a su cargo.
  6. Definir los sistemas y procesos de inspección y fiscalización que serán aplicados por las distintas áreas de la Dirección Provincial.
  7. Ejercer las acciones derivadas de la Ley N° 25.246 y sus reglamentaciones.
  8. Ejercer las facultades conferidas por la Ley N° 14.701 y sus reglamentaciones.

 

Direcciones de la DPPJ

Directora Provincial
Dra. Silvia Andrea GARCÍA

Director
Dr. Pablo Leandro LARRAÑAGA
pablo.larranaga@mjus.gba.gob.ar

ACCIONES DE LA DIRECCIÓN

1. Evaluar e informar sobre el debido cumplimiento de la normativa vigente en las solicitudes de conformación de estatutos de las sociedades, fideicomisos, uniones transitorias, agrupaciones de colaboración, consorcios de cooperación y demás modalidades empresarias, comprendiendo los aspectos fiscales y registrales.

2. Intervenir en la evaluación de cumplimiento de la normativa vigente respecto de los trámites de legitimación vinculados a sociedades comerciales, fideicomisos, uniones transitorias, agrupaciones de colaboración, consorcios de cooperación y demás modalidades empresarias.

3. Elaborar los actos administrativos necesarios al trámite de conformación, modificación o disolución de las sociedades exponiendo la fundamentación de los mismos.

4. Respecto de las sociedades por acciones, sociedades constituidas en el extranjero, sociedades comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550:

  1. Verificar el debido cumplimiento de las obligaciones que las leyes generales o especiales establezcan para las mismas, llevando un registro por cada obligada, como asimismo, el cumplimiento de las obligaciones impuestas por otros organismos de contralor específicos.
  2. Recabar, analizar e informar la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones y elaborar y proponer los actos administrativos derivados de esta actividad.
  3. Aplicar los sistemas y procesos de inspección y fiscalización dispuestos por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
  4. Recibir y analizar las denuncias de los administrados y/o de otras reparticiones estatales, según las leyes vigentes.
  5. Disponer el inicio de sumarios y proponer las veedurías que considere menester, ya sea, a pedido de parte o de oficio.
  6. Proponer la implementación de medios alternativos de solución de conflictos, incluyendo el arbitraje, ante el supuesto de recepción de denuncias de los administrados en la dirección.
  7. Proponer intervenciones, efectuando un seguimiento de las mismas y hasta tanto hayan cesado las causas que las originaron.

5. Asistir al/la Director/a Provincial en la elaboración de anteproyectos normativos y reglamentarios relativos al reconocimiento, organización, funcionamiento y fiscalización de sociedades comerciales y demás estructuras societarias y/o empresarias que actúen y operen en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

 

Director
Joaquin E. SMIDT
joaquin.smidt@mjus.gba.gob.ar

 

ACCIONES DE LA DIRECCIÓN

1. Evaluar e informar sobre el debido cumplimiento de la normativa vigente en las solicitudes de conformación de estatutos de las asociaciones civiles y fundaciones.

2. Intervenir en la evaluación de cumplimiento de la normativa vigente respecto de los trámites de legitimación vinculados a asociaciones civiles y fundaciones.

3. Elaborar los actos administrativos necesarios al trámite de conformación, modificación o disolución de las asociaciones civiles y fundaciones exponiendo la fundamentación de los mismos.

4. Respecto de las asociaciones civiles y fundaciones:

  1. Verificar el debido cumplimiento de las obligaciones que las leyes generales o especiales establezcan para las mismas, llevando un registro por cada obligada, como asimismo, el cumplimiento de las obligaciones impuestas por otros organismos de contralor específicos.
  2. Recabar, analizar e informar la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones y elaborar y proponer los actos administrativos derivados de esta actividad.
  3. Aplicar los sistemas y procesos de inspección y fiscalización dispuestos por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
  4. Recibir y analizar las denuncias de los administrados y/o de otras reparticiones estatales, según las leyes vigentes.
  5. Disponer el inicio de sumarios y proponer las veedurías que considere menester, ya sea, a pedido de parte o de oficio.
  6. Proponer la implementación de medios alternativos de solución de conflictos, incluyendo el arbitraje, ante el supuesto de recepción de denuncias de los administrados en la dirección.
  7. Proponer intervenciones, efectuando un seguimiento de las mismas y hasta tanto hayan cesado las causas que las originaron.

5. Asistir al/la Director/a Provincial en la elaboración de anteproyectos normativos y reglamentarios relativos al reconocimiento, organización, funcionamiento y fiscalización de asociaciones civiles y fundaciones que actúen y operen en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

6. Disponer los procesos necesarios para el cumplimiento del convenio celebrado por la provincia de Buenos Aires con el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), aprobado por Decreto N° 55/09, priorizando la promoción, fomento, asistencia técnica, asesoramiento integral y demás acciones vinculadas con las entidades mutuales.

7. Asesorar a las Asociaciones Civiles, Mutuales y Fundaciones, en su constitución y vida, con el fin de consolidarlos como actores fundamentales de participación ciudadana y economía social.

8. Capacitar, promover, fomentar, brindar asistencia técnica y demás acciones vinculadas con las Asociaciones Civiles.

9. Disponer los procesos necesarios, para cumplir con los convenios suscriptos con las Municipalidades y/u otros Organismos con relación a las Asociaciones Civiles.


Director
Dr. Guillermo Esteban ECHEVERRÍA
guillermo.echeverria@mjus.gba.gob.ar
 

ACCIONES DE LA DIRECCIÓN

1. Confeccionar y administrar un registro de sociedades comerciales asentando sus inscripciones por su constitución, reforma de estatutos, aumentos de capital, modificaciones de sus órganos directivos, cambios de sede social, disoluciones, liquidaciones y cancelaciones de su inscripción.

2. Confeccionar y administrar un registro de Asociaciones Civiles y Fundaciones asentando sus inscripciones por su constitución, reforma de estatutos, modificaciones de sus órganos directivos, cambios de sede social, disoluciones, liquidaciones y cancelaciones de su inscripción.

3. Confeccionar y administrar un registro de contratos y demás formas asociativas cuyo registro se encuentre a cargo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.

4. Tomar razón de embargos, inhibiciones, concursos, quiebras y demás medidas cautelares en un registro especial, como de sus cancelaciones y/o levantamientos.

5. Controlar, autorizar y registrar la rúbrica de libros sociales.

6. Registrar los instrumentos que ordenen las dependencias del área.

7. Extender informes y certificaciones.

8. Aplicar los procesos y procedimientos necesarios para prevenir, detectar y reportar las operaciones que puedan estar vinculadas a los delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, así como, toda otra herramienta pertinente al efecto y que involucre a las personas jurídicas fiscalizadas por la dirección.

9. Realizar las tareas pertinentes a fin de ejercer su rol de colaborador con la Unidad de Información Financiera creada por la Ley Nacional N° 25.246 y modificatorias o área que asuma sus competencias.

10. Asegurar la conservación y custodia de la documentación resultante de investigaciones y/o reportes de operaciones inusuales o sospechosas.

11. Proponer el dictado de nuevas Resoluciones Generales de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, o la modificación y/o actualización de las existentes, vinculadas con la prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

12. Gestionar y administrar los circuitos de la Mesa de Entradas y el Archivo de la Dirección Provincial.

13. Elaborar propuestas tendientes al mejor funcionamiento de la Dirección Provincial y a la mejora en la atención a los administrados, pudiendo generar estadísticas, manuales de procedimientos y consensuar las mejores prácticas administrativas en coordinación con el resto de las Direcciones.

14. Gestionar todo lo referente al personal de la Dirección Provincial ante la Dirección General de Administración de Personal, por intermedio de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal.

15. Gestionar, ante la Dirección General de Administración, aquellos aspectos vinculados al economato y mantenimiento de los bienes materiales de la Dirección Provincial.

16. Organizar y gestionar los sistemas informáticos de la repartición, en coordinación con la Dirección Provincial de Informática y Comunicaciones del Ministerio.

17. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo técnico, legal y administrativo para todas las dependencias y áreas de la Dirección Provincial, en coordinación con la Dirección Provincial Técnica y Jurídica.

18. Desarrollar las tareas de digitalización de los expedientes y mantener actualizada la guarda digital de los registros de la Dirección Provincial.

Director

Carlos CAPASSO
carlos.capasso@mjus.gba.gob.ar

 

ACCIONES DE LA DIRECCIÓN

1. Asistir a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en la implementación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal.
2. Realizar los análisis y estudio de la documentación presentada e informar sobre la legitimidad del pedido y/o mantenimiento de la inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal.
3. Asistir a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en la elaboración de anteproyectos normativos y reglamentarios relativos a la implementación del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal.
4. Verificar el debido cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria aplicable al ejercicio de la función de Administrador de Consorcio de Propiedad Horizontal en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
5. Proponer la implementación de medios alternativos de solución de conflictos, ante el supuesto de recepción de denuncias de los administrados en la dirección.
6. Coordinar con los municipios el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 14.701.