1) RECORDA que no se dará curso a la documentación presentada los días feriados, inhábiles o fines de semana
2) TASAS: Tené en cuenta que tanto el formulario de pago de las tasas como la constancia del pago de las mismas deben adjuntarse legibles y el código de barras completamente visible para su validación a fin de evitar observaciones.
3) Documentos digitales.
Los archivos deberán ser presentados SIEMPRE en formato .pdf y firmados digitalmente en los casos expresamente previstos.
Los documentos deberán ocupar el menor espacio de almacenamiento posible: tamaño máximo admitido será de DOS (2) MEGABYTES por archivo.
Los documentos que sean o contengan reproducciones digitales de documentos en soporte papel, deberán utilizar la resolución de 150 PPI (Pixels Per Inch – Píxeles Por Pulgada) y el formato “escala de grises”.
4) Identificación de los documentos: Los documentos digitales deberán cumplir con los siguientes requisitos de identificación:
Documentación Inscribible: Debe identificarse con la sigla “DI” seguida de un guión y la denominación del instrumento (Ej. “DI – Escritura Constitutiva de La Luna S.A.”).
Es la documentación que es materia de registración: testimonio digital de escritura publica, instrumento privado con certificación digital de firmas, instrumento con firma digital de todos los intervinientes, certificación digital de actas.
Documentación Complementaria: Debe identificarse con la sigla “DC” seguida de un guión y de la denominación del documento (Ej. “DC – Publicación de Edicto de La Luna S.A.”).
Es la documentación necesaria para acreditar ciertos requisitos formales del trámite, pero que no resulta materia de inscripción (Declaraciones juradas, constancias de integración de capital, constancia de publicación de edictos, informes o certificaciones emitidas por otros organismos, entre otros).
5) ¿Cuáles son las firmas válidas en los documentos digitales?
6) ¿Qué hay que tener en cuenta para firmar un documento digital?
a.- Todo documento que se suscriba con firma digital debe acompañarse en formato ORIGINAL: si alteras el documento (es decir, si lo escaneas, fotografías o rompes su formato original) la firma digital no puede validarse.
b.-La firma debe permitir validar la identidad del firmante, no son válidas:
c.- ¿Cómo se puede validar que la firma digital sea correcta?
https://validadordefirmas.gob.ar/upload
Información completa en
Disposición 306/25 https://www.gba.gob.ar/dppj/legislacion
Disposición 44/21 https://www.gba.gob.ar/dppj/legislacion
-Constitución de Sociedades Anónimas y Sociedad de Responsabilidad limitada - Alta Fiscal ARCA
-Constitución de Sociedades (excepto S.A./S.R.L.)
-Cambio de Jurisdicción de sociedades ingresando a la Provincia de Buenos Aires
-Solicitud de Certificado de Vigencia Sociedades
- Conformación de Sociedades por Acciones Simplificadas - Estatuto Modelo
- Conformación de Sociedades por Acciones Simplificadas - Estatuto No-Modelo
- Solicitud de Certificación de firmas de Estatuto modelo de S.A.S. en D.P.P.J.
- Solicitud de Certificado de Vigencia Sociedades Comerciales
- Solicitud de Copias Certificadas S.A.S.
- Solicitud de Desarchivo S.A.S.
- Solicitud de Informe de Registro de Libros Digitales S.A.S.
Formularios Contestaciones de vista:
- Contesta vista Conformación de Sociedades por Acciones Simplificadas
- Contesta vista Solicitud de Certificación de firmas de Estatuto modelo de S.A.S. en D.P.P.J.
- Contesta vista Tramites Posteriores S.A.S.
- Contesta vista Copias Certificadas S.A.S.
- Contesta vista Solicitud de Informe de Registro de Libros Digitales S.A.S.
-SOCIEDADES ACCIONARIAS (no art. 299) - Estados Contables.
-Radicación de Sociedad extranjera (ART. 123°)
-Apertura de sucursal de sociedad extranjera (ART. 118°)
-Cambio de representante de sociedad extranjera (ART. 118° y/o 123°)
-Cambio de sede social de sociedad extranjera (ART. 118° y/o 123°)
-Cancelación de Inscripción de radicación de sociedad extranjera (ART. 123°)
-Cierre de sucursal de sociedad extranjera (ART. 118)
-Adecuación de sociedad extranjera (ART 124)
- Inscripción de contratos asociativos
- Trámites posteriores para contrato de fideicomiso o contratos asociativos
-Constitución de Asociaciones Civiles.
-Constitución de Asociaciones Civiles previstas en la Ley Nº 15.192.
-Certificado de Vigencia Asociaciones Civiles
-Contesta Vista de trámites digitales
-Cambio de Sede Social de Asociaciones Civiles (Sin Reforma)
-Reforma de Estatuto de Asociaciones Civiles
-Presentación de Documentación Pre-Asamblearia Asociaciones Civiles (Sólo para Categoría 3)
-Ejercicio Económico de Asociaciones Civiles
-Solicitud de Disolución y Nombramiento del Liquidador de Asociaciones Civiles
- Certificado de Vigencia Fundaciones
- Apertura Sucursal Fundaciones
- Solicitud de Disolución y Nombramiento de Liquidador de Fundaciones
- Reforma de Estatuto de Fundaciones
-Inscripción de Asociaciones Mutuales en la Provincia de Buenos Aires.
-Solicitud de Rúbrica de Libros TRÁMITE COMÚN
-Solicitud de Rúbrica de Libros TRÁMITES ESPECIALES 1 DÍA
-Solicitud de Rúbrica de Libros TRÁMITES ESPECIALES 4 DÍAS
-Solicitud de Rúbrica de Libros TRÁMITES ESPECIALES 15 DÍAS
-Solicitud de Rúbrica de Libros Acta Notarial (ESCRITURA PÚBLICA)
-Solicitud de Informe de Libros Rubricados
-Cambio de Plazo Trámites de Rúbricas (Exclusivamente)
-Solicitud de Reserva de Nombre
-Solicitud de Certificado de Vigencia Sociedades/contratos
-Presentación de recursos y contestación de traslado
-Digitalización de Legajo - Plazo 4 días
-Digitalización de Legajo - Plazo 15 días/ Común
-Solicitud de Informe por Profesionales y Particulares con interés legítimo
-Solicitud de copias certificadas
-Oficios/ Solicitud de Informes ( Organismos Públicos y Poder Judicial s/convenio)