Deberá solicitarse digitalmente y acompañar:
1) contrato de fideicomiso (Instrumento Público Digital o instrumento privado con firmas certificadas digitalmente según corresponda conforme art 1669 CCyCN).
2) Declaración jurada de persona expuesta políticamente del fiduciario (Art. 326 de la Disp. D.P.P.J. Nº 45/15 y normativa de la UIF).
3) Declaración jurada de Beneficiario Final conforme Anexo 1 de la Disp. D.P.P.J. Nº 130/17 y N° 54/21.
4) Timbrado tasa administrativa (tasa administrativa correspondiente al trámite más la tasa general de actuación ante la D.P.P.J.).
5) Tasa Preferencial Ley 14.028. (Opcional).
Los puntos 2) y 3) pueden estar incluidos en el mismo contrato o en instrumento por separado con firma certificada de los declarantes.
Si los instrumentos se encuentran autorizados o certificados por un escribano público con competencia territorial fuera de la Provincia de Buenos Aires, deberán presentarse debidamente legalizados. (Art. 22 de la Disp. D.P.P.J. Nº 45/15).
RECORDÁ QUE TODAS LAS CERTIFICACIONES DEBEN SER DIGITALES.