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Mutuales

A partir del 2/2/26 todas las presentaciones correspondientes MUTUALES se realizarán por Mesa de Entradas, excepto los certificados de vigencia que se solicitan exclusivamente con modalidad digital.

 
INSTRUCTIVO GENERAL

INSTRUCTIVO GENERAL - CONSTITUCIÓN DE MUTUALES

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Para la constitución de una Mutual, Usted debe presentar la siguiente Documentación:

1. Anexo 3 (Formulario de Minuta Rogatoria)

2. Nota de Presentación indicando la documentación que se acompaña dirigida al INAES.

3. Acta Constitutiva, Estatuto y Reglamentos de servicios aprobados (en un mismo cuerpo) Dos juegos de copias con firmas certificadas de los miembros titulares de la Comisión Directiva.

4. Constancia de Comunicación al INAES y/o Órgano Local Competente de realización de la Asamblea Constitutiva, con quince (15) días de anticipación (según lo establece la Res. 2037/03 INAES)

5. Anexo 12 ( Declaración Jurada de Antecedentes) suscripto por Presidente y Secretario con firmas certificadas

6. Anexo 19 ( Formulario sobre la Condición de Persona Políticamente Expueta) 

7. DDJJ de Objeto Ayuda Mutua y Parentesco

 

MODELOS DE REGLAMENTO DE SERVICIOS

- Gestión de préstamos

- Educación

- Farmacia

- Fúnebres

- Órdenes de compra

- Proveeduria

- Recreación

- Salud

- Subsidios

- Turismo

- Convenio de reciprocidad

- Vivienda

- Ayuda económica con fondos provenientes del ahorro de sus personas asociadas

- Ayuda económica mutual con fondos propios

 

NOTA: 

a. Firmas y su certificación:
El Acta Constitutiva original que será presentada a los efectos de obtener la autorización para funcionar e inscripción en el INAES, deberá estar firmada por Presidente y Secretario de la asamblea, dos asambleístas elegidos al efecto y los miembros titulares del Consejo Directivo. Las firma de estos últimos (Consejo Directivo) serán certificadas por Escribano Público (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial, Juzgado de Paz, Funcionarios de esta Dirección o de la Delegaciones correspondientes. La certificación contendrá la individualización de las firmas certificadas, además de lugar y fecha.

b. Correcciones:
A continuación de la última parte del Acta, y antes de las firmas, si hubiera enmienda, raspados y entrelíneas borradas o testadas, los mismos deberán salvarse de la siguiente manera:
Ejemplo:
ENMIENDA: "Francisco GARCIA" VALE
ENTRELINEAS: "Alberto LOPEZ" VALE
TESTADO: "Edmundo PEREZ" NO VALE

No se  deben dejarse claros ni espacios en blanco. Se podrán completar con guiones o se cruzarán con una línea.

FINALIZACION DEL TRÁMITE
Una vez que la asesoría legal emitió dictamen favorable sobre el Acta Constitutiva, la entidad recibirá nota del INAES con el fin de presentar la documentación para su protocolización.
Allí se le solicitará que remita la documentación de la siguiente forma:
•    Original en papel romaní o forense y tres fotocopias en cualquier tipo de impresión mecánica o sistemas computarizados.
•    Deberá escribirse en forma corrida, es decir, sin dejar espacios en blanco.
•    Al comienzo del mismo se expresará "TESTIMONIO DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION MUTUAL….", "TESTIMONIO DEL REGLAMENTO DE… DE LA ASOCIACION MUTUAL…". Los enunciados "CAPITULO, TITULO y ARTICULO" deberán consignarse en mayúsculas.
•    Al final del texto del estatuto y/o reglamentos, en cada uno de los juegos y a modo de declaración jurada se deberá expresar lo siguiente: "Declaramos bajo juramento que la presente copia es expresión fiel del aprobado en expediente” (numero del expediente que de origen).

IMPORTANTE:
La Matrícula de las Mutuales es otorgada por el Instituto de Asociativismo y Economía Social (INAES), por consiguiente para los trámites de Constitución de Mutuales NO PODRA COBRARSE EL TIMBRADO DE TRÁMITE ESPECIAL, ya que no puede determinarse y/o estimarse los plazos del INAES, salvo que se refiere a trámites inherentes exclusivamente a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
 

Puede realizar todas las consultas necesarias, en forma totalmente gratuita:
 
•    Puede realizar todas las consultas necesarias, en forma totalmente gratuita:
•    Personalmente en Calle 6 esq. 48 N° 547 ,  La Plata. TE. 0221-4163717
•    Enviándonos un e-mail a nuestra dirección: mutuales.dppj@mjus.gba.gob.ar

OBTENCIÓN DE LEGAJO Y MATRÍCULA PROVINCIAL

A los efectos de la obtención del Legajo y Matrícula Provincial, (primero deberán estar inscriptas ante el INAES) deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial

b) Dos Copias certificadas del Estatuto Social con constancia de inscripción ante el INAES (la certificacion podrá ser por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial)

c) Fotocopias de los Reglamentos de Servicios aprobados por el INAES.

d) Certificado de vigencia expedido por el INAES, el cuál deberá manifestar el cumplimiento a la ley 20.321 y la inexistencia de sumarios que no podrá tener una antigüedad superior a los 30 días a la fecha de presentación ante esta Dirección..

e) Fotocopia de Acta de Asamblea de donde se desprende las Autoridades en ejercicio, debidamente autenticada.

f) Declaración Jurada de Antecedentes (Anexo 12) con firmas del Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial)

g) Declaración Jurada Anexo 19

REFORMA ESTATUTO

A los efectos de la inscripción de la Reforma del Estatuto Social ante esta Dirección Provincial, (primero deberán estar inscriptas ante el INAES) deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

b) Dos Copias certificadas del Estatuto Social Reformado con constancia de inscripción ante el INAES (la autenticación podrá ser por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

c) Certificado de vigencia expedido por el INAES, el cuál deberá manifestar el cumplimiento a la ley 20.321 y la inexistencia de sumarios que no podrá tener una antigüedad superior a los 30 días a la fecha de presentación ante esta Dirección.

d) Declaración Jurada de Antecedentes (Anexo 12) con firmas del Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial)

e) Fotocopia del Acta de Asamblea de donde se desprende las autoridades en Ejercicio debidamente autenticadas.

INSCRIPCIÓN FILIALES DE EXTRAÑA JURISDICCIÓN

Las Mutuales de extraña jurisdicción que decidan abrir filiales en la Provincia de Buenos Aires, deberán inscribirlas ante esta Dirección Provincial, debiendo realizar trámites individuales por cada Filial aunque sea aprobada su apertura en el mismo momento.

 

PRIMERA FILIAL
A los efectos de la inscripción de la Primer Filial de la Mutual en la Provincia de Buenos Aires, deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

b) Una copia del Estatuto Social con constancia de inscripción ante el INAES debidamente certificado por Juez de Paz, esta Dirección Provincial o Escribano (en caso de que el mismo sea de extraña jurisdicción su firma deberá estar legalizado por el Colegio respectivo)

c) Fotocopia de la Nota presentada ante el INAES a través de la cual comunican la apertura de la Filial con constancia de su presentación ante dicho instituto.

d) Certificado de Vigencia expedido por el INAES, el cuál deberá manifestar el cumplimiento a la ley 20.321 y la inexistencia de sumarios que no podrá tener una antigüedad superior a los 30 días a la fecha de presentación ante esta Dirección.

e) Declaración Jurada de Antecedentes (Anexo 12) firmada por el Presidente y Secretario y sus firmas certificadas de la misma manera que lo manifestado en el punto a)

f) Fotocopia del Acta de asamblea o comisión directiva a través de la cual se aprueba la apertura de la filial. En dicha Acta deberá constar domicilio de la filial, encargado de la misma con todos sus datos personales (nombre y apellido, tipo y número de documento, domicilio, estado civil, nacionalidad, CUIT o CUIL).

g) Copia mecanografiada del acta citada en f) firmada por Presidente y Secretario, autenticada con certificación de contenido.

h) Una copia autenticada de lo solicitado en el punto g)

i) Fotocopia del Acta de Asamblea de donde se desprenda las autoridades en ejercicio que firman la documentación debidamente certificada.

j) Anexo 19 de los integrantes de la Comisión Directiva y Junta Fiscalizadora (titular y Suplente) con firmas certificadas

 

SIGUIENTES FILIALES
Con Motivo de la inscripción de las siguientes Filiales, las Mutuales deberán presentar lo siguiente:

a) Documentación consignada precedentemente en los puntos c), f), g), h) e i)

b) En caso de que hayan modificado sus autoridades respecto a la última documentación presentada ante esta Dirección Provincial, deberán acompañar Declaración Jurada de Antecedentes (Anexo 12) con los requisitos consignados en el punto e). Igual aclaración respecto al Anexo 19

c) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

INSCRIPCIÓN DE NUEVO REPRESENTANTE

La designación de nuevo representante exige cumplir con los requisitos que se detallan a continuación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3)

b) Fotocopia de la Nota presentada ante el INAES a través de la cual comunican el cambio de representante con constancia de su presentación ante dicho instituto

c) Fotocopia del Acta de Asamblea o comisión directiva a través de la cual se aprueba el cambio de representante. En dicha Acta deberá constar domicilio de la filial, encargado de la misma con todos los datos personales (nombre y apellido, tipo y número de documento, domicilio, estado civil, nacionalidad, CUIT o CUIL)

d) Copia mecanografiada del acta citada en c) firmada por presidente y secretario autenticada con certificación de contenido.

e) Una copia certificada de lo solicitado en el punto d)

f) En caso de renovación de autoridades respecto a la última documentación presentada ante esta Dirección Provincial, deberán acompañar Anexo 12 suscripto por Presidente y Secretario con firmas certificadas y Anexo 19 respecto a la Comisión Directiva y Junta Fiscalizadora (si no se hubiese presentado ya).

APROBACIÓN DE NUEVOS REGLAMENTOS

Las Mutuales pueden prestar una gran diversidad de servicios, sin embargo para estar encuadrados dentro de la Ley y poder ser prestados deben estar inscriptos ante el INAES. Ante dicha situación la Mutual deberá convocar a una asamblea extraordinaria para tratar su aprobación. Luego deberá gestionarse su inscripción para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

b) Dos fotocopias del Acta de Asamblea firmada por presidente y secretario

c) Dos fotocopias de la Publicación de la convocatoria en un diario de la Zona o en el Boletín Oficial de donde se desprenda el Orden del Día

d) Dos Fotocopias de la Planilla de Asistencia a la Asamblea firmada por presidente y secretario

e) Dos copias mecanografiadas del Acta respectiva con firmas del Presidente y Secretario

f) Dos fotocopias del Acta de Asamblea de donde se desprenda las autoridades en ejercicio que firman la documentación.

g) Nota de presentación dirigida al INAES solicitando la aprobación de los reglamentos firmada por Presidente indicando la documentación que se presenta

h) Las firmas de los puntos a), b), e), f) y g) deberán estar certificadas por esta Dirección Provincial, Juez de Paz o Escribano (en caso de que se emplee un escribano de extraña jurisdicción se deberá legalizar su firma por el colegio respectivo)

 

IMPORTANTE:
La Aprobación de Reglamentos Nuevos de las Mutuales se inscriben en el Instituto de Asociativismo y Economía Social (INAES), por consiguiente para los mismos NO PODRA COBRARSE EL TIMBRADO DE TRAMITE ESPECIAL, ya que no podemos manejar los plazos del INAES.

DOCUMENTACIÓN PRE Y POST ASAMBLEARIA

DOCUMENTACION PRE ASAMBLEARIA
Dentro de los diez (10) días de anticipación a la fecha fijada para la realización de la asamblea deberán presentar:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

b) Orden del Día

c) Publicación de la convocatoria

d) Fotocopia del Acta de Comisión Directiva donde convocan a la Asamblea General Ordinaria con declaración jurada de copia fiel del libro firmada por el presidente o secretario y certificada su firma.

 

DOCUMENTACION POST ASAMBLEARIA
Dentro de los treinta (30) dias corridos posteriores a la asamblea deberán presentar la siguiente documentación:

 

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.

b) Memoria, Balance General, cuadro de Ganancias y Resultado suscripto por Contador Público y con firmas legalizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas e informe de la Junta Fiscalizadora correspondiente al Ejercicio Social Fenecido.

c) Copia del Acta de Asamblea donde fue tratado el respectivo Balance (firmada por el presidente y secretario de la entidad), y cuando corresponda la renovación de autoridades, con declaración jurada de copia fiel del libro firmada por el presidente o secretario y certificada su firma.

d) Anexo 7 debidamente cumplimentado y firmado por el presidente y/o secretario con firma certificada del mismo.

e) Un ejemplar del Diario en donde se publico la convocatoria en caso de no haberse remitido con anterioridad.

f) Copia del Acta de comisión directiva que convoca a la Asamblea en caso de no haberse remitido con anterioridad.

g) Fotocopia de Planilla de Asistencia a la Asamblea, con la declaración jurada de copia fiel del libro firmada por el presidente o secretario y certificada su firma.

h) Anexos 19 de los integrantes de la Comisión directiva y Junta Fiscalizadora (titular y suplente) con firmas certificadas.

 

IMPORTANTE:
En caso de que la entidad desee que se remita la documentación citada en los párrafos precedentes al INAES, deberá presentarse un juego adicional de la misma con una nota dirigida al Sr. Presidente del INAES.

CERTIFICADO DE VIGENCIA

Para la emisión de los Certificados de Vigencia, las entidades deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3)firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial, indicando el destinatario del certificado. Deberá indicarse el destinatario del mismo.

b) Fotocopia del Acta de Asamblea de donde se desprenda las autoridades en ejercicio que firman la documentación.

MODELOS MUTUALES

Nota de presentación

Acta constitutiva y Estatuto social