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Divorcio

Es el trámite por el cual se inscribe en el Registro Provincial de las Personas la disolución de un matrimonio.

Requisitos

  • El ingreso del oficio que lo ordena a través del Portal de notificaciones electrónicas de la SCBA.

  • En caso que el Oficio Judicial fuera de otra Jurisdicción, deberá acompañarse Testimonio Ley 22.172 o copia certificada de la Sentencia, con la legalización correspondiente, nota de abogado/a matriculado/a en la Provincia de Bs. As. y su IUS Previsional.

  • Datos completos del acta de matrimonio (número, fecha, tomo, folio, sección).

Lugar y horarios de atención

Si el oficio proviene de un Juzgado de la provincia de Buenos Aires ingresa por la plataforma de la Suprema Corte de Justicia

Si el oficio proviene de otra jurisdicción ingresa al Departamento Mesa de Entradas y Salidas (Av. 1 y Av. 60, La Plata) de lunes a viernes de 8 a 13 h. con turno previo, o por correo o mail.

Gestores lunes miércoles y viernes de 8 a 13 h. con turno

 

Demora y entrega del trámite

  • Trámite normal: 30 días hábiles.

  • Trámite urgente: 15 días hábiles.

  • Trámite exprés: 5 días hábiles.

 

Costo y medios de pago

  • Trámite normal: $930.

  • Trámite urgente: $2790.

  • Trámite exprés: $9300.

  • Trámite urgente con beneficios de litigar sin gastos: $1860.

El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta de pago y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.

 

A tener en cuenta

Si ya iniciaste el trámite poder realizar acá el seguimiento del expediente:

Si tu expediente empieza con
“EX” (Formato Electrónico)
Si tu expediente empieza con
un número (Formato Papel)

  • Finalizado el trámite, deberá solicitarse la nueva partida (con la nota marginal de divorcio) de manera 100% online aquí o presencial en el área de Expedición de Partidas,  (Av. 1 y calle 59, La Plata).

  • En caso que resulte devuelto al iniciador, por no haberse cumplido los requisitos o bien por no coincidir con los datos que posee el Registro, se requerirá nuevo oficio judicial ampliatorio, reingresándose sin costo alguno.

  • Una vez cumplido, se comunica a la delegación donde se encuentre asentado el matrimonio y al Juzgado oficiante.