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MORATORIA INAES

REGULARIZACIÓN DE COOPERATIVAS Y MUTUALES EN INAES

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) a través de la Resolución 1919/2022, presentó una moratoria para que cooperativas y mutuales puedan regularizar su situación

Martes 17 de Mayo 2022
MORATORIA MUTUALES Y COOPERATIVAS
MORATORIA MUTUALES Y COOPERATIVAS

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) a través de la Resolución 1919/2022, presentó hoy una moratoria para que cooperativas y mutuales puedan regularizar su situación frente al Instituto presentando únicamente los últimos 3 (tres) balances, sin importar la cantidad de documentación acumulada que adeuden. Así, las entidades de la economía social tendrán la oportunidad de reordenar autoridades, acceder a subsidios y créditos estatales, volver a brindar productos y servicios, entre otros beneficios.

La inscripción al programa estará disponible hasta cumplidos los 3 (tres) meses de su apertura el día 11 de mayo del corriente, siendo esta una moratoria de documentación institucional. La admisión de entidades estará sujeta a la evaluación que realice el Instituto.

Para acceder a la moratoria, las entidades deben inscribirse en el curso virtual “Pre admisión Programa Moratoria” disponible en la plataforma Trámites a Distancia de 3 (tres) módulos que las acompañará durante todo el proceso, sea o no pre-admitida la mutual o cooperativa.

Para adherirse al programa deberá realizarse una presentación en la Mesa de Entradas del INAES, de los órganos locales  como Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, o vía plataforma de Trámites a Distancia (TAD), adjuntando copia de la última acta de asamblea, última acta de distribución de cargos o último certificado de autoridades expedido por esta autoridad de aplicación en la que consten las últimas autoridades legítimamente electas, con carácter de declaración jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Dto. N° 1759/72 (T.O. Dto N° 894/2017). De igual forma, y sin perjuicio de su debida registración en los estados contables, deberá declararse la existencia o no de bienes inmuebles y/o muebles registrables.

En caso de requerir la entidad la rúbrica de libros, deberá hacerlo como primer paso para avanzar en el proceso de regularización. Previo a ello, deberán tener cumplimentado el proceso de la Actualización Nacional de Datos.

Será condición indispensable para la realización de la asamblea contar con un padrón de asociados en condiciones de participar. En aquellos casos que por las particularidades de la entidad no se cuente con el mismo, podrá tenerse en cuenta para confeccionarlo toda información y documentación que pudiera ser prima facie acreditación de la calidad de asociado/a de la persona.

En los casos donde pudieran identificarse los y las últimos/as integrantes de los órganos de dirección y de fiscalización privada de cooperativas y mutuales, éstos/as permanecerán en sus cargos hasta su reemplazo y/o renovación por la asamblea de regularización.

Las entidades que se encontraren con la autorización para funcionar suspendida por el INAES y sean admitidas al presente Programa serán consideradas regularizadas una vez cumplimentado este trámite y la Actualización Nacional de Datos. Finalizado el proceso de regularización todas las entidades que lo cumplimenten podrán descargar el certificado de vigencia automático desde el sitio web del INAES. Se dejará constancia de la regularización el Registro Legajo Multipropósito (RLM) de la entidad.

ENLACE DE INSCRIPCIÓN: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5557

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