IMPORTANTE: Notificación para todos los profesionales que deban rematricularse - 27/08/2020
Por Disposición DISPO-2020-158-GDEBA-DPRYFSMSALGP se deja establecido que se exime del trámite de renovación de matrículas a los auxiliares, técnicos y profesionales de la medicina que se encuentran inscriptos en el Registro Único de Profesionales cuyas matrículas se vencen en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre. Asimismo, se establece que se prorroga la validez de las matrículas consignadas por el plazo de 180 días.
Consultas: ejerciciodelasprofesiones@ms.gba.gov.ar
Profesionales del arte de curar
Requisitos para realizar el trámite
Primera Etapa – Vía web
Deberá solicitar un turno a través del link RUP – Turno Matrículas que también se encuentra en la página principal del ministerio (o en la parte superior de esta página), donde completará todos los datos correspondientes a la preinscripción.
Segunda Etapa – Trámite presencial
Para finalizar el trámite deberá presentar ante la Dirección de Fiscalización Sanitaria, Departamento Ejercicio de las Profesiones, en el día seleccionado, la siguiente documentación.
Información de interés
Los títulos extranjeros deberán homologarse ante el Ministerio de Educación de la Nación. Todos los diplomas deberán poseer el sello del Ministerio del Interior.
Los Diplomas expedidos por Universidades Nacionales deberán ser legalizados por la Dirección de Gestión Universitaria dependiente del Ministerio de Educación de la Nación.
Para los Agentes de Propaganda Médica cuyos diplomas hayan sido expedidos por Universidades Nacionales con anterioridad al año 2007 deberán poseer la legalización de la Dirección de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación y los diplomas obtenidos desde el año 2007 deberán ser certificados ante Escribano Público.
Los Diplomas expedidos por organismos oficiales de la provincia de Buenos Aires deberán legalizarse ante la Dirección General de Escuelas Bonaerense.
Los títulos otorgados por organismos privados de la Provincia de Buenos Aires deberán ser legalizados en la Dirección de Gestión Privada dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Los Diplomas emitidos por Institutos privados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán legalizarse por el Gobierno de la Ciudad.
Si el Título fue expedido por organismos pertenecientes a otras provincias se deberá presentar certificado de matriculación en dicha provincia.
En caso de solicitar la matriculación como licenciados, estando matriculados previamente como técnicos o en el caso de aspirar a matricularse como técnicos estando registrados como auxiliares, deberán presentar la matrícula y el diploma correspondiente.
Para trámites de reempadronamiento se deberá presentar la matrícula anterior. De acuerdo a la ley 10.851, los agentes de propaganda médica deben poseer domicilio en provincia de Buenos Aires.
Teléfono: (0221) 4292700 interno 92808
Domicilio: Calle 51 Nº 1120 Planta Baja Oficina 7, CP 1900 La Plata
Aclaración: Los auxiliares de la medicina comprendidos en el "Arte de Curar" que soliciten un certificado de ética, deben estar matriculados y/o re-empadronados en el sistema RUP, y acompañar timbrado del Banco Provincia de Bs. As. por el valor de pesos treinta y nueve ($99).-