Por aplicación de la Resolución RESO-2020-1376-GDEBA-MSALGP
El pago del arancel correspondiente a cada trámite, más el incremento por distancia en los casos que se indique, deberá hacerse mediante depósito bancario en cualquier sucursal del Banco Provincia de Buenos Aires en la cuenta 1696/2 –Sucursal 2000– de la Dirección de Fiscalización Sanitaria; o por medio de Transferencia Bancaria, al CBU 01409998 01200000169625 Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, CUIT 30-62698339-8.- Indicando el titular de la cuenta desde la que se transfiere y CUIT/CUIL.
A través de esta Plataforma se inician los trámites referidos a establecimientos que deben realizarse en la Dirección de Fiscalización Sanitaria.
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Matriculación R.U.P. (Registro Único de Profesionales de la Salud)
Renovación Digital de Matrículas
Registro Específico de Acompañantes Terapéuticos
Gabinetes
Laboratorios
Establecimientos
IMPORTANTE: Información sobre trámites
PLATAFORMA DE TRÁMITES DE FARMACIA: .REGISTRARSE / .INGRESAR
Solicitud de turnos para presentar planos
Requisitos cambio dt distribuidoras
Requisitos cambio dt droguería
Requisitos cambio dt laboratorio
Requisitos cambio dt Operador Logístico
Requisitos cesión de cuotas sociales
Requisitos compra-venta de establecimientos farmacéuticos
Requisitos de compra-venta de Droguerías
Requisitos de Hab Distribuidora de Gases Medicinales
Requisitos designación de auxiliar-reemplazante
Requisitos designación de Co-Director Técnico de Laboratorio (suplencia a partir de 30 días)
Requisitos Hab Distribuidora de Reactivos de Diagnóstico
Requisitos Hab de Depósito de Esp Med, Cosmética y Productos Médicos
Requisitos Hab y Tras de Botiquín Farmacéutico
Requisitos Habilitación de Farmacia
Requisitos Habilitación de Laboratorio
Requisitos Habilitación Distribuidora de Productos Médicos
Requisitos Habilitación Operador Logístico
Requisitos Hab y Tras Droguerías y Herboristerías
Requisitos para Reformas de Establecimientos Farmacéuticos
Requisitos Tras de Depósito de Esp Med, Cosmética y Productos Médicos
Establecimientos Privados: Resolución Nº 2519/15
Modalidades
Requisitos
(0221) 429-2854 y (0221) 429-2791.
establecimientosreso2519@gmail.com
Establecimientos de Salud Mental, Adicciones y Discapacidad
Establecimientos destinados a la atención de Personas con Discapacidad: Decreto 3020/02.
Efectores de Salud Mental y/o Consumos Problemáticos: RESO_2021_4750_GDEBA_MSALGP.
Requisitos
Establecimientos municipales
Requisitos
Habilitación de Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS)
Establecimientos para Adultos Mayores: Ley 14263/11, Decreto 1190/12 y Resolución Ministerial 3904/13, Ley Emergencia Sanitaria 11571/20.
Residencias
En el marco de la de la Resolución de firma conjunta RESFC-2019-998-GDEBA-SSPYCSMSALGP publicada en el boletín oficial de la Provincia de Bs. As. con fecha 22 De enero de 2020, los profesionales que se desempeñen como responsables de uso de instalaciones que involucran Rayos X, deben proceder a gestionar su correspondiente Autorización Individual Provincial (AIP).
El trámite es de carácter individual y debe ser gestionado por vía electrónica. La documentación digitalizada deberá realizarse en formato .PDF en el orden abajo indicado, y debe remitirse por correo electrónico a la casilla aipregistro@gmail.com.
Dependiendo de la categoría la documentación a enviar, en el orden indicado, es la siguiente:
El costo de la emisión de la AIP es de 1 módulo (valor actual: $ 4.300). Este monto se deposita en cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Bs.As., en la cuenta de Gastos de terceros Ministerio de Salud - Dirección Provincial de Saneamiento Ambiental y Dirección de Fiscalización Sanitaria Nº 1696/2, creada por resolución Nº 3608/96, sucursal 2000; o mediante transferencia bancaria al CBU: 0140999801200000169625
Una vez cumplimentado el envío de los documentos correspondientes a su categoría, se verificará la documentación presentada. En caso de que la misma no fuese la adecuada y /o no estuviera completa en todos sus ítems, se le notificará al correo declarado en la solicitud.
Una vez aprobada la documentación, se le enviará la Autorización Individual Provincial con su correspondiente número y categoría al correo electrónico declarado en la solicitud.
Previo a gestionar la habilitación de cualquier equipo generador de Rayos X. Toda habilitación de un equipo generador de Rayos X, requiere un responsable que posea AIP vigente en Provincia de Buenos Aires.
Tiene una vigencia de 5 años.