Se realiza la apertura de las bases y condiciones generales para la licitación pública de la concesión del servicio público de Verificación Técnica Vehicular obligatoria del parque automotor provincial.
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, conducido por el ministro Jorge D’Onofrio, comunica que el presente llamado a licitación pública nacional e internacional tiene por objeto invitar a posibles interesados a participar del procedimiento de selección de oferentes con la finalidad de adjudicar y suscribir los respectivos contratos de concesión de servicio público para la explotación del servicio de verificación técnica vehicular (VTV) del parque automotor –incluyendo motovehículos- radicado en la Provincia y, en forma optativa, del radicado en extraña jurisdicción.
La concesión de servicio público del servicio de verificación técnica vehicular, objeto de llamado a licitación, se encuadra en lo dispuesto por el Título VI de la Ley N° 13.927; su decreto reglamentario N° 532/09 y modificatorios; el Decreto 2103/2022 y los instrumentos contractuales contemplados en el artículo 47 del Pliego de Bases y Condiciones Generales -PBCG-.
A los efectos de garantizar una adecuada prestación del servicio, el territorio de la Provincia de Buenos Aires, ha sido dividido en dieciséis (16) zonas conforme el reglamento aprobado por el Decreto N° 2103/22 y los artículos 3 y 4 del Pliego de Especificaciones Técnicas -PET-. Respecto de cada una de ellas el presente procedimiento de selección tiene por objeto la adjudicación y suscripción de un contrato de concesión de servicio público para la prestación del servicio de VTV.
El plazo de concesión de servicio público será de diez (10) años consecutivos, contados, una vez suscripto el correspondiente contrato de concesión de servicio público, desde la fecha de suscripción del Acta de Habilitación de las Obras.
El presente PET tiene por objeto regular y establecer las características técnicas y operativas funcionales del Sistema de VTV a implementar en la Provincia de Buenos Aires y que los oferentes deberán tener en cuenta y considerar al momento de efectuar su oferta y que deberá ser cumplido por los adjudicatarios que resulten concesionarios, en el marco del presente procedimiento de selección, conforme los alcances definidos en el presente y los que en un futuro, de corresponder, determine la autoridad de aplicación, competente en la materia.
En este sentido, el cumplimiento de las obligaciones del Concesionario será fiscalizado de forma permanente por el Concedente, a través de la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, que tendrá a su cargo la supervisión, inspección y auditoría de la prestación, quedando facultado para instrumentar los procedimientos que estime adecuados para el logro de dicha finalidad y de conformidad con lo establecido por el PBCP. En oportunidad de llevar adelante inspecciones y/o auditorías, la citada Dirección Provincial labrará un Acta donde consten las observaciones realizadas, el plazo para subsanarlas y las posibles sanciones por incumplimiento. El concesionario deberá satisfacer las mismas en el plazo y bajo los apercibimientos previstos en dicha acta.
A su vez, todo el personal afectado por el Concesionario estará bajo su exclusivo cargo, corriendo por su cuenta el pago de los salarios, cargas sociales y previsionales, la contratación de los seguros pertinentes y cualquier otro gasto derivado de la contratación de personal para la realización de las obras y la prestación del servicio.
Resolución 130/23
RESOLUCIÓN 130/23
Circular Aclaratoria N° 1
CIRCULAR ACLARATORIA N° 1
Circular con Consulta N° 1
CIRCULAR ACLARATORIA CON CONSULTA N° 1
Circular sin Consulta N° 2
CIRCULAR ACLARATORIA SIN CONSULTA N° 2
Respuestas a pedidos y Consultas recibidas acerca del Proceso Licitatorio
Consultas
1- Una vez realizado el depósito correspondiente a la compra del pliego en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ¿se de llevar el comprobante original para el retiro de los pliegos?
2- Una vez realizado el depósito correspondiente a la compra del pliego en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ¿cuál es la dirección y el horario de retiro de los pliegos?
3- Una vez realizado el depósito correspondiente a la compra del pliego en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ¿qué documentación debe exhibirse o entregarse al momento del retiro de los pliegos?
4- Una vez realizado el depósito correspondiente a la compra del pliego en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ¿debe constituirse un domicilio especial en la Ciudad de La Plata?
5- ¿Para participar es condición necesaria adquirir los pliegos (tal como lo dice el artículo 6 PBCG) o los descargo de la página del Ministerio?
6- En caso de necesitar adquirirlos, ¿hay un plazo hasta el cual debo adquirirlos o ya no estoy a tiempo?
7- No me queda claro si para hacer consultas debo adquirir el pliego previamente o puedo realizarlas igual.
8- No tengo acceso a la RESO-2023-84-GDEBA-MTRAGP, por lo tanto, desconozco la fecha de presentación de las ofertas y el plazo hasta cuando puedo acceder al pliego, ¿me podrán indicar la fecha o bien indicar de donde puedo acceder a la "RESO-2023-84GDEBA-MTRAGP”?
9- ¿La UT deberá estar certificada ante escribano público?
10- ¿Hasta cuándo tenemos tiempo de presentar los sobres?
11- En el artículo 23 de PBCP, punto 2.d, nos habla de que tenemos que comprometernos en caso de ser adjudicados a constituir una S.A. ¿Ya debemos tener los papeles para presentar e incluirlos en el sobre 1?
12- ¿Existe algún formato para la carta de presentación del pliego?
13- Conformamos una UT con 2 empresas y de la conformación de estas dos, surge una tercera empresa. ¿El depósito para el pliego lo puede hacer cualquiera de las 3 empresas, o tiene que ser sí o sí la tercera, teniendo en cuenta que esta última es de conformación reciente, por lo tanto no va a tener la antigüedad solicitada en el pliego, mientras que las otras dos poseen 28 y 3 años de conformación cada una?
14- Me dirijo a ustedes a fin de solicitarles tengan a bien informar sobre la obtención de puntos de la Ley Compre argentino en la licitación pública de la provincia de Buenos Aires para los talleres de VTV.
15- Sociedad a Crearse en Pcia de Bs As. Art 19 pto 2.PBCP. ¿La misma surgirá a posterior de la adjudicación de la Zona o debe presentarse de forma previa?
16- Pto 10 Art 19 PBCP, Estados Contables: En caso de una UTE. ¿Deben presentarse balances Consolidados o sólo las Asociaciones? De ser afirmativo, a qué fecha debe consolidarse. ¿Puede ser Mayo 2023?
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Respuestas
1- y 3- En relación a la consulta enumerada como 1 y 3 para retirar un ejemplar del Pliego, numerado y foliado se deberá acreditar la realización del depósito, declarar la identidad del adquirente - enunciando en su caso si lo hace en nombre de terceros- y constituir domicilio en los términos del artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Generales. (Art. 6 PBCG).
2- Respecto a la consulta enumerada como 2, el futuro oferente podrá retirar el ejemplar del pliego en la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, sita en la Calle 3 Nro. 1630, Planta Baja (entre Calles 65 y 66) de la ciudad de La Plata partir de la publicación del llamado a Licitación en los medios previstos y, hasta dos (2) horas antes de la hora prevista para la finalización de la recepción de las ofertas (13 hs) establecida en el artículo 3° de la RESO-2023-84-GDEBA-MTRAGP. (Punto 1 de la Circular Aclaratoria Sin Consulta N° 1). Se podrá retirar en la franja horaria de 9 a 15 hs.
4- Por último, en referencia a la consulta enumerada como 4, de acuerdo al art. 5 PBCG que remite al art. 24 ss y cc de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires (Decreto N° 7647/70 y sus modificatorias). El mismo establece que: “Toda persona que comparezca ante la autoridad administrativa, sea por sí o en representación de terceros, constituirá en el primer escrito o acto en que intervenga un domicilio dentro del radio urbano del asiento de aquélla. El interesado deberá además manifestar su domicilio real. Si no lo hiciere o no denunciare el cambio, las resoluciones que deban notificarse en el domicilio real se notificarán en el domicilio constituido. El domicilio constituido podrá ser el mismo que el real”.
5- Para participar de la licitación se deben adquirir los pliegos de bases y condiciones generales, los pliegos de bases y condiciones particulares y el pliego de especificaciones técnicas. (Art. 6 PBCG).
6- Los mismos se podrán retirar a partir de la publicación del llamado a Licitación en los medios previstos y, hasta dos (2) horas antes de la hora prevista para la finalización de la recepción de las ofertas (13 hs) establecida en el artículo 3° de la RESO-2023-84-GDEBA-MTRAGP. (Punto 1 de la Circular Aclaratoria Sin Consulta N° 1). Se podrá retirar en la franja horaria de 9 a 15 hs, previa acreditación de la realización del depósito, declarar la identidad del adquirente - enunciando en su caso si lo hace en nombre de terceros- y constituir domicilio en los términos del artículo 5° del Pliego de Bases y Condiciones Generales. ( Art. 6 PBCG).
7- Se podrán efectuar consultas, solicitar información complementaria o pedidos de aclaraciones por escrito hasta veinticinco (25) días corridos anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, con relación a los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la Licitación Pública. (Art. 7 PBCG).
8- En relación a su consulta, se señala en el Ejemplar N° 29.479 del Boletín Oficial el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2023 y en la Circular Aclaratoria Sin Consulta N° 1, Punto A.1, que se encuentra publicada en la página Web del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por RESO-202398-GDEBA-MTRAGP, que el futuro oferente podrá retirar el ejemplar del pliego en la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, sita en la Calle 3 Nro. 1630, Planta Baja (entre Calles 65 y 66) de la ciudad de La Plata, a partir de la publicación del llamado a Licitación en los medios previstos y, con previa acreditación de la realización del depósito y demás recaudos allí establecidos, hasta dos (2) horas antes de la hora prevista para la finalización de la recepción de las ofertas, el día 15 de junio del 2023 a las 13 hs, establecida en el artículo 3° de la RESO-2023-84-GDEBA-MTRAGP. Por último, cabe destacar que todo tipo de Circular Aclaratoria emanada de la Autoridad de Aplicación será debidamente publicada en el Boletín Oficial y estará a disposición en la página web del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de dar resguardo a de los Principios específicos de Igualdad, Publicidad y Concurrencia. (Circular Sin Consulta N°1, Punto C).
9- De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del PBCG, las U.T. deben satisfacer los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación. (El art. 1464 del CCYCN establece que el contrato de UT se puede otorgar por instrumento público o instrumento privado con firmas certificadas notarialmente - Además el contrato debe inscribirse en el Registro correspondiente).
10- En relación a su consulta, se señala en el Ejemplar N° 29.479 del Boletín Oficial el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2023, que se recibirán ofertas hasta las 13 hs del día 15 de junio del 2023, en la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, sita en la Calle 3 Nro. 1630, Planta Baja (entre Calles 65 y 66) de la ciudad de La Plata, establecida en el artículo 3° de la RESO-2023-84-GDEBAMTRAGP.
11- El artículo 23 inciso 2 d del PBCG establece que las Uniones Transitorias como oferentes deberán acompañar en la oferta el compromiso de que, en el caso de resultar adjudicatario, se constituirá una sociedad anónima radicada en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, con objeto social exclusivo para prestar el tipo de servicio que se licita y cuyo plazo de duración sea superior en al menos cinco (5) años al tiempo que demande la concesión de servicio público. Asimismo, también deberán acompañar en la oferta el proyecto de Estatuto de la concesionaria, tal como se señala en el artículo 19, punto 2, ap. 2.2) del PBCP: “Propuesta de estatuto social de la sociedad concesionaria, con un capital social no inferior al diez por ciento (10%) de las inversiones comprometidas en la oferta para los primeros veinticuatro (24) meses. Se deberá especificar la nómina de accionistas y su participación en el capital social, conforme los porcentajes de participación de las sociedades en el contrato asociativo -salvo autorización previa de la autoridad de aplicación en los términos permitidos por la documentación contractual-, así como la integración del órgano de administración y fiscalización”.
12- En relación a la carta de presentación no se encuentra aprobado formulario alguno para la formalización de la misma. No obstante, el artículo 29 del PBCG establece que, “La carta de presentación deberá contener la correcta individualización del OFERENTE, el domicilio real, la constitución del domicilio en la Provincia de Buenos Aires, la denuncia del domicilio electrónico (correo electrónico) y la manifestación de voluntad de participar en el llamado a licitación a la cual ocurra, con indicación de las zonas para las cuales oferta y el orden de preferencia entre ellas. Asimismo, dicha carta deberá indicar aquéllas zonas para las cuales, en caso de no resultar otros oferentes calificados, el oferente consideraría el ofrecimiento a resultar adjudicatario, conforme el procedimiento que al efecto establezca el PBCP. La carta de presentación deberá encontrarse suscripta por la persona humana oferente o por el o los representante/s legal/es de la persona jurídica oferente, los que deberán acreditar en forma fehaciente la representación y facultades para obligar a la sociedad, con la documentación estatutaria y societaria pertinente. La falta de acreditación de la representación invocada no podrá ser subsanada mediante confirmación o saneamiento posterior e importará la desestimación de pleno derecho de la oferta”.
13- En relación a su consulta, en el caso que se presente una UT o una nueva sociedad conformada por otras, en ambos supuestos, quien deposita y retira el pliego deberá ser quien luego pase a conformar esa UT o nueva sociedad, haciéndolo en nombre de aquella que se va a conformar. En cuanto a los antecedentes, el art. 19 inc. 4 del PBCP señala que, "Se deja expresa constancia que a los efectos de hacer valer los antecedentes técnicos que pudiera tener alguna de las sociedades integrantes del grupo económico, deberá acreditarse fehacientemente el compromiso de la participación de ésta en el gerenciamiento operativo del servicio y en la transferencia del know-how a favor del oferente y de la sociedad concesionaria que se constituya para explotar el servicio de VTV, en su caso, como así también la participación en el capital accionario de la concesionaria con un mínimo del cuarenta por ciento (40%), que represente el mismo porcentaje de derecho a voto. Si se pretendiera hacer valer los antecedentes técnicos de más de una sociedad, se requerirá para cada una de ellas una participación en el capital accionario de la concesionaria de un mínimo del veinte por ciento (20%), que represente el mismo porcentaje del derecho a voto".
14- A los efectos de determinar la calificación que obtendrá cada oferente por la propuesta técnica de su proyecto, se analizará lo que se especifica en los artículos 26 a 29 inclusive, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Puntualmente del artículo 29, Rubro I, se destaca en el punto C.1, qué se evaluará del equipamiento especifico de la VTV y todos los detalles que se deben adjuntar a la oferta, y en el mismo no se hace referencia a que otorgue un puntaje preferencial por la Ley de compre argentino.
15- El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, artículo 19. punto 2, 2.1 del Contrato De Asociación, aclara que “…Tales oferentes deberán integrar la oferta con copia certificada del contrato que vincula a las sociedades, con indicación expresa de:....El compromiso de constituir una sociedad anónima para prestar el Servicio de VTV en caso de resultar adjudicado uno o más contratos, radicada en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, con objeto social exclusivo para prestar el tipo de Servicio que se licita, según el proyecto de estatuto social que se incorporará a la oferta….”.
16- El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, artículo 19, en apartado ii.Documentación contable e impositiva. Capacidad económica y financiera en el punto 10, aclara que “Las sociedades oferentes y cada una de las sociedades que integran una U.T. deberán presentar los Estados Contables de los últimos tres (3) ejercicios anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de Accionistas aprobatoria de dichos estados o documento equivalente, los que deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad Informe de Auditoría), emitido por un profesional en Ciencias Económicas con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Registro de Auditores u Órgano Oficial similar que corresponda….”.