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RENOVACIÓN CERTIFICADO HABILITACIÓN

Por Disposición 266/2020 de la Dirección Provincial de Transporte, se aprobó el nuevo CERTIFICADO DE HABILITACION DIGITAL y el procedimiento de renovación a distancia del mismo.

Por otro lado, se informa que a partir del 1º de Diciembre se encontrará abierto el proceso de renovación de Certificados de Habilitación para los servicios especializados de pasajeros. El mismo se extenderá hasta el 31 de marzo de 2022, y se hará de manera electrónica de acuerdo las pautas detalladas a continuación.

Instructivo para Renovación de Certificado de habilitación de Servicios Especializados de Excursión y Contratados

I.- El/la transportista aspirante de renovación del “Certificado de habilitación de Servicios Especializados de Excursión y Contratados”, deberá enviar al correo electrónico renovacioneslicencias@gmail.com, los siguientes requisitos obligatorios:

  a)  Formulario de Solicitud, que se encontrará publicado en la página web de la Subsecretaría de Transporte.

  b) Digitalización en formato PDF de:

       i.       Licencia Nacional de Conducir con la categoría habilitante para el Transporte Público de Pasajeros.

       ii.     Los conductores deberán contar con sus respectivos RSPPP vigentes a la fecha de renovación

       iii.     Documento Nacional de Identidad (ambas caras).

       iv.     VTV y anexo

       v.      Título de propiedad de las unidades

       vi.     Certificado vencido a renovar

  c)  El domicilio constituido debe situarse en la ciudad de La Plata (cfr. art. 24 Ley de Proc. Adm. Dec - Ley Nº 7.647/70)

  d)   Antigüedad máxima de la unidad al momento de la renovación para categoría de servicios Excursión / Contratados. A: Hasta 15 años / B: Hasta 18 años.

  e)   Debe constar claramente la fecha de inscripción inicial. La unidad deberá estar inscripta a nombre del/los peticionante/s (cfr. Disposición Nº 432/10). En caso de copropiedad de la unidad, los requisitos obligan a todos los titulares dominiales.

  f)  Se debe contratar Cobertura de Responsabilidad Civil que cubra sus propios riesgos, los de las personas, bienes y cosas transportadas y de los terceros y cosas no transportadas. El monto deberá estar de acuerdo al artículo 1 inciso b) de la Resolución Nº 39.927/16 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. La cobertura NO debe limitar la cantidad de kilómetros ni de asientos. Las compañías aseguradoras que extiendan la póliza deberán estar autorizadas y figurar en los listados periódicos publicados por la Superintendecia de Seguros de la Nación.

II.- Una vez recepcionada la documentación detallada en el punto I), se remitirá al aspirante un correo electrónico con la confirmación de la recepción de la documentación remitida. En caso de faltante de documental será notificado por ese mismo medio.

III.- Una vez finalizado procedimiento y aprobado el trámite correspondiente, se enviará  al interesado/a el CERTIFICADO DIGITAL DE HABILITACION, al mismo correo electrónico por el cual se inició la solicitud.

IV.- El/la transportista deberá exhibir en el vehículo tres ejemplares de la CONSTANCIA DE UNIDAD HABILITADA para visión desde el exterior.