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Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal


Dirección de Recursos Inmobiliarios Fiscales
Acciones

1.Administrar y organizar el Banco de Inmuebles Fiscales (BIF), y el Programa de Racionalización del Gasto en Alquileres (PRAGA), promoviendo la afectación y desafectación de los inmuebles fiscales.

2. Administrar y organizar la demanda de inmuebles fiscales por parte de organismos nacionales, provinciales y municipales.

3. Monitorear y evaluar el desarrollo y ejecución de los procedimientos, programas y proyectos vinculados a la gestión de inmuebles fiscales del dominio de la Provincia. Para ello podrá emitir dictámenes e informes preparatorios sobre los aspectos físicos, socioambientales y legales relacionados a los inmuebles del Estado.

4. Ejecutar las acciones tendientes al saneamiento administrativo de predios y títulos, evaluaciones, estudios, ponderaciones urbanísticas, tasaciones y parcelamientos, en coordinación con los organismos competentes en la materia, en pos de su mejor utilización para el funcionamiento de la Administración Pública Provincial.

5. Coordinar con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, Contaduría General de la Provincia, Fiscalía de Estado, la Dirección Provincial del Registro de las Personas, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y demás organismos pertinentes, el uso, la actualización y la transmisión de antecedentes, información, datos y conocimientos relativos a inmuebles fiscales, coordinando con Escribanía General de Gobierno la instrumentación de todo acto referente a inmuebles fiscales cuando la legislación aplicable así lo requiera. 

6. Articular con otras jurisdicciones -mediante convenios o cualquier otro tipo de instrumentos- diversas medidas referidas a la administración de los inmuebles fiscales, así como gestionar y administrar subsidios y donaciones, ante organismos públicos y privados nacionales, provinciales y municipales.

7. Asesorar e intervenir en todo proyecto de ley o de acto administrativo vinculado a los inmuebles del Estado y a expropiaciones de inmuebles, debiendo promover y planificar la normativa tendiente a incorporar inmuebles, de conformidad con la legislación vigente.

8. Promover y realizar toda acción conducente a proteger el patrimonio inmobiliario de la Provincia en coordinación con los demás organismos con competencia en la materia.

9. Intervenir desde el ámbito administrativo en el marco de las herencias vacantes.

10. Ejecutar la política inmobiliaria estatal dispuesta por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.