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Subsecretaría de Hacienda


La Subsecretaría de Hacienda tiene a su cargo las direcciones provinciales de Presupuesto Público; de Subsidios y Subvenciones y  la Dirección Provincial de Política Tributaria.


Sus acciones comprenden:

1. Coordinar la formulación presupuestaria del Estado provincial, impartiendo las instrucciones necesarias para la elaboración de los anteproyectos y proyectos de leyes de presupuesto, a fin de implementar las políticas fijadas en esta materia.

2. Intervenir en el proceso de programación de la gestión presupuestaria de la Administración Pública Provincial, planificando la aplicación del presupuesto vigente, fijando las reglamentaciones y controles atinentes a la ejecución presupuestaria.

3. Intervenir en los ajustes y modificaciones a los presupuestos.

4. Asistir al Ministro de Hacienda y Finanzas en la coordinación y supervisión de los subsistemas contemplados en la Ley de Administración Financiera Nº 13.767 y modificatorias.

5. Participar en la organización, realización y promoción de investigaciones económicas y financieras.

6. Intervenir en el diseño de los programas económicos, sociales y políticas de inversión, a efectos de compatibilizar las políticas, planes y programas de la política presupuestaria.

7. Colaborar en la elaboración y aplicación de la política salarial y ocupacional del Sector Público Provincial conforme el artículo 25 inciso 10 de la Ley de Ministerios Nº 15.164; así como en el diseño de los aspectos económicos y financieros de instituciones laborales del Estado Provincial.

8. Participar en el diseño de los aspectos económicos de las estructuras organizativas de la Administración Pública Provincial en el marco de lo previsto para el Subsistema Presupuestario por la Ley de Administración Financiera.

9. Proponer la política y el régimen tributario provincial, conforme el artículo 25 inciso 1° de la Ley de Ministerios N° 15.164 e intervenir en la programación y evaluación del cumplimiento de los compromisos de gestión de la administración tributaria, conforme lo previsto por la Ley Nº 13.766 y modificatorias, de creación de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).

10. Aprobar, supervisar y controlar el otorgamiento de subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y todo otro tipo de transferencias que sean otorgadas a personas de derecho público o de derecho privado, por intermedio de los distintos organismos y reparticiones de la Administración Pública Provincial, en el marco de los procedimientos estipulados en los Decretos N° 467/07 y modificatorios y Nº 626/08, o los que en el futuro los reemplacen. 
 


Contacto

Tel: (0221) 429-4481
E-mail: subhacienda@ec.gba.gov.ar